26 abril 2021

Estímulo Fiscal para la Cultura y las Artes del Estado de Sonora 2021-1 3

Número de Edición: 3
Fecha de Públicación: : 26 marzo 2021

El Gobierno de Estado de Sonora, a través del Instituto Sonorense de Cultura y la Secretaría de Hacienda del Estado de Sonora, con apoyo del Congreso del Estado de Sonora, emiten por tercer año consecutivo las Reglas de Operación del EFICAS 2021.

 

  1. Podrá participar en el estímulo fiscal la persona física mayor de 18 años, nacida en el estado de Sonora, o persona moral con sede o sucursal en la entidad. También mexicanos o naturalizados mexicanos con residencia comprobable e ininterrumpida en el estado durante los últimos 2 años, y extranjeros con residencia legal, comprobable e ininterrumpida en Sonora durante los últimos 3 años.
  2. Se recibirán proyectos de inversión o propuestas de creación artística, producción o promoción artística y cultural que a través de procesos conjugan la creación, realización y difusión, así como los recursos humanos, materiales y financieros necesarios en la creación de obras originales de las siguientes disciplinas: Teatro, Danza, Música, Cine, Literatura, Artes Visuales y Patrimonio Cultural.
  3. Sólo se aceptarán proyectos originales, que cumplan con lo señalado en el inciso 14 de la sección de definiciones de las Reglas de Operación del EFICAS.
  4. No se aceptarán proyectos realizados o que busquen recuperar el recurso previamente invertido.
  5. Se considera como Responsable del proyecto la persona física mayor de 18 años o persona moral que estará a cargo del desarrollo de las obras, acciones, actividades y productos señalados en el proyecto de inversión para el que se solicitan los recursos financieros a través del estímulo fiscal. Tratándose de proyectos en coautoría, será responsable del proyecto la persona que sea designada por mayoría de los coautores.
  6. Serán aceptados un máximo de tres proyectos de inversión por responsable, grupo o colectivo por ejercicio fiscal, para dar oportunidad a la participación de otras propuestas. Como participante, solo podrá comprometerse en un máximo de tres proyectos.
  7. Los responsables de proyectos que cuentan con previa autorización en algún otro proyecto por la vía del EFICAS, deberán contar con el convenio firmado con aportante, ISC y SHGES para el desarrollo de dicho proyecto, además de encontrarse al corriente con sus compromisos contraídos, a efecto de volver a participar.
  8. La persona moral puede participar bajo la figura de asociación civil, organización de la sociedad civil sin fines de lucro e independiente (no debe pertenecer o depender de alguna institución pública) o empresa cultural, tener sede o sucursal en el Estado de Sonora y manifestar entre su objeto social o estatutos, la investigación, producción, promoción, creación, formación o difusión de las artes y/o la cultura, conforme a la disciplina del proyecto que se presenta: teatro, danza, música, cine, literatura, artes visuales o patrimonio cultural.
  9. Se deberá registrar la postulación con los datos personales de la persona física o del representante legal de la persona moral, quien será el responsable del proyecto.
  10. La propuesta de retribución social deberá especificarse en el proyecto, integrarse en la tabla del plan de trabajo y será adicional a los compromisos de la propuesta a desarrollar y la presentación del producto, libre de todo gasto o inversión por concepto de planeación, requerimientos, realización y presentación al público.

Objetivos

Fomentar la producción, creación y difusión de las artes, estimular la autonomía de artistas y agrupaciones, favorecer la divulgación, promoción y presentación artística y propiciar la profesionalización de agrupaciones e individuos dedicados al arte en sus diversas etapas de creación y producción al interior del Estado de Sonora.

Instrucciones de registro

1. El registro se hará a nombre del responsable del proyecto, quien deberá subir a la plataforma los documentos en un solo archivo según la carpeta, conforme a los requisitos señalados en el punto IV de las Reglas de Operación del EFICAS:

  • Documentos personales.
  • Documentos del proyecto.
  • Documentos probatorios.
  • Anexos.

2. Es necesario tener a la mano las Reglas de Operación del EFICAS 2021, páginas 41 a la 44 del Boletín Oficial No. 21, Secc. II, https://bit.ly/3dfOPQK

3. No olvidar Guardar los cambios o agregados y, cuando lo requiera la plataforma, Validar. 

4. Señalar en la pestaña Campos específicos de esta plataforma si la inscripción es individual o de grupo.

5. Si se subieron todos los documentos obligatorios y/o necesarios, al dar click en Inicio se generará un folio, que confirma en qué convocatoria se inscribió el postulante.

6.  No se aceptarán propuestas enviadas en físico a ninguna de las coordinaciones, áreas o departamentos del ISC, SHGES o por correo electrónico.

7. Una vez cerrada la convocatoria en plataforma, el ISC revisará si se cumplen con las reglas de operación. Solo los expedientes completos y correctos se entregarán al Comité dictaminador para que emita su dictamen. Serán evaluados conforme a las disciplinas / géneros o especialidades inscritas por el responsable.

Criterios de selección

El Comité dictaminador evaluará los proyectos artísticos tomando en cuenta los siguientes criterios:

  1. Calidad artística.
  2. Pertinencia.
  3. Eficacia.
  4. Eficiencia.
  5. Viabilidad técnica y financiera.
  6. Impacto social y cultural de sus resultados.
  7. Veracidad de la información proporcionada por el responsable del proyecto.
  8. Propuestas de retribución social.
  • El Comité dictaminador revisará también que el presupuesto entregado sea congruente con el proyecto de inversión y el plan de trabajo o cronograma.
  • Los integrantes del Comité dictaminador no podrán participar en ninguno de los proyectos solicitantes y, en caso de tener algún vínculo con los interesados en la aplicación del estímulo fiscal, deberán abstenerse de opinar y votar en ese caso particular, lo cual deberá señalarse en el acta correspondiente.

Montos

  1. El monto máximo de autorización del estímulo fiscal es de $15,000,000.00 de pesos (son: quince millones de pesos 00/100 M.N.) por ejercicio fiscal para todas las disciplinas artísticas.
  2. El monto máximo autorizado por proyecto será de $1,000,000.00 de pesos (es: un millón de pesos 00/100 M.N.).
  3. El comité dictaminador puede recomendar un monto menor al propuesto en el proyecto artístico, asegurando la viabilidad de éste.

Periodo de registro

Del 26  de marzo al 26 de abril de 2021, 16:00 horas de Sonora. 

Compromisos de la institución y del participante

  1. Para los proyectos que contemplan participación de grupos de trabajo, el programa general deberá conformarse por un porcentaje mínimo del 80% de personas nacidas en Sonora. También mexicanos o naturalizados con residencia comprobable e ininterrumpida de los últimos dos o más años en la entidad. En caso de que sean extranjeros, de igual manera, se deberá acreditar su residencia de los últimos tres o más años en la entidad.  Lo mismo procede en la programación de propuestas para organizar mercados artísticos o culturales.
  2. No se apoyarán proyectos que incluyan la participación de partidos políticos y/o asociaciones religiosas, ni se podrá hacer mención de esas instituciones en la difusión y promoción.
  3. Los proyectos deberán realizarse en el plazo máximo de un año, contado a partir de la fecha de recepción de los recursos económicos autorizados. Se excluyen de ese plazo los proyectos cinematográficos para la creación de largometraje, ya que estos tendrán un plazo de hasta un año y medio para su realización, misma que iniciará a partir de la fecha en que se reciba el recurso económico aprobado.
  4. Todos los proyectos deberán considerar la salida al público conforme a los compromisos asumidos en cada disciplina: funciones, proyecciones, conciertos, publicaciones, exposiciones, entre otros.
  5. Los proyectos que se encuentran en proceso, o que iniciaron antes de participar en el EFICAS, solo podrán participar si se incluye en el PDF de los anexos de documentos, un informe firmado por el responsable, señalando el grado de avance, los detalles del trabajo realizado y materiales generados.
  6. No se aceptarán proyectos realizados o que busquen recuperar el recurso previamente invertido.
  7. Los proyectos aprobados deberán garantizar actividades o acciones en el estado comprobable de un mínimo del 80%.
  8. No podrán participar en esta convocatoria como responsables o invitados servidores públicos de mandos medios y superiores (nivel 9 en adelante o su equivalente) adscritos a cualquier unidad administrativa del Instituto Sonorense de Cultura, o de las entidades que este coordine, o de cualquier nivel específicamente que realizan funciones administrativas o de coordinación artística, o dependientes de Dirección General, como es el caso particular del Departamento de Fondos de Apoyo a la Cultura o de la Coordinación General Administrativa, ni aquellas personas que se encuentren impedidas por Ley o mandato judicial. Este punto aplica para el proyecto que se presenta para evaluación y para el desarrollo del mismo, en caso de ser aprobado.
  9. Los responsables de proyecto deberán seleccionar e incluir en sus esquemas de trabajo una de las formas de retribución que se señalan en la tabla expuesta en las Reglas del Operación. Asimismo, habrán de considerar que por cada $20,000.00 pesos (son: veinte mil pesos 00/100 M.N.) que logren concretar en su propuesta con los contribuyentes aportantes, ofrecerán una hora de servicio en la actividad seleccionada (y exclusivamente relacionada a su proyecto), sin costo para la sociedad y autorizada por el ISC.
  10. Los beneficiarios deberán concluir con la totalidad de su retribución en un plazo no mayor a un año y tres meses, o de año y medio si se trata de proyectos cinematográficos para la creación de largometraje, contado a partir de la fecha de entrega del recurso, informando las actividades conforme lo señalan las Reglas en el punto XII. Informes.
  11. No se otorgarán recursos adicionales para cumplir con los compromisos señalados como retribución social, a menos que la actividad solicitada por el ISC se desarrolle en un municipio fuera del lugar de residencia del responsable del proyecto y cuya ampliación corresponderá exclusivamente al gasto que se genere por el traslado de dicha actividad a otra localidad no establecida en el proyecto original.
  12. Cuando se trate de proyectos de creación artística relacionados con las Artes Visuales, el ISC determinará la retribución, privilegiando la exhibición en lugares públicos y por el tiempo que se acuerde, debiendo comunicar a la SHGES la forma de retribución de cada uno de estos proyectos.
  13. En caso que los artistas soliciten otra forma de retribución, esta deberá ser aprobada por el ISC.
  14. El Instituto Sonorense de Cultura (ISC) conformará el comité dictaminador de acuerdo con las propuestas recibidas; organizará la evaluación y selección de los proyectos con apoyo de dicho comité y asentará los resultados en acta firmada por los dictaminadores.
  15. El ISC difundirá los resultados y entregará a cada responsable de proyecto seleccionado la constancia correspondiente para garantizar la validez del estímulo fiscal, para fines de formalización con el contribuyente aportante, misma que será firmada por el ISC y la SHGES.
  16. En caso de ser seleccionado, el responsable de proyecto autorizado entregará al EFICAS los documentos actualizados señalados en el punto IV. Documentación y X. Obligaciones de los responsables de proyecto de las reglas de operación, firmados en original, en archivos digitales, después de la fecha de expedición de la Constancia de Dictamen y previo a la solicitud de elaboración del convenio con el contribuyente. Entregará también los documentos impresos y firmados en original, así como digitales -en un USB- una vez firmado el convenio por el Secretario de Hacienda.
  17. El ISC vigilará el cumplimiento de las Reglas de Operación y demás disposiciones relacionadas con el EFICAS.
  18. El ISC entregará a los responsables las constancias de terminación o liberación de compromisos.

Aceptación de términos y condiciones

Al registrar su propuesta, los postulantes aceptan de conformidad sujetarse a las Reglas de Operación del EFICAS y de la presente convocatoria. 

Resultados

1. El ISC notificará a los responsables de proyecto la aprobación del mismo y el monto aprobado en un plazo máximo de 5 días hábiles después de la firma del acta de resultados emitida por el Comité dictaminador.

2. El ISC publicará en su página de Internet el título de los proyectos artísticos y culturales aprobados, nombre del responsable y el monto autorizado.

3. Los resultados se darán a conocer a partir del 28 de mayo de 2021.

Casos no previstos

El Director General del ISC tendrá la facultad de crear una comisión especial que revisará y resolverá controversias y/o situaciones que ameriten atención especial, incluyendo la revisión y, en su caso aprobación, de proyectos cuyos objetivos aporten de manera sustantiva al desarrollo cultural del Estado. Esta resolución tendrá el carácter de inapelable.

Datos de contacto para solicitar información

Mayores informes y asesorías en el teléfono 662 194 2178, en el correo electrónico eficas@isc.gob.mx, así como en FB: Eficas Sonora.



Fecha de Lanzamiento

26 marzo 2021

Fecha de Cierre

26 abril 2021